08 Nov Sobre los trabajos en beneficio de la comunidad
1. Los trabajos en beneficio de la comunidad, ¿quitan puestos de trabajo?
No, las tareas realizadas por los penados no compiten con el mercado laboral ni sustituyen puestos de trabajo, se trata de tareas de apoyo cuya finalidad es reparar el daño causado a la sociedad por el delito cometido.
2. ¿La pena de TBC goza de cobertura en la seguridad social?
Si, aunque únicamente a efectos de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por los días de prestación efectiva de dicho trabajo, según el plan de ejecución de la pena. Quedan excluidos aquellos que realicen el cumplimiento de TBC mediante talleres o programas formativos o de reeducación, laborales, culturales, de educación vial, sexual y otros similares.
3. ¿el cumplimiento de la pena es compatible con el desempeño de la actividad laboral que desarrolle la persona penada?
Si. El SGPMA tendrá en cuenta las responsabilidades laborales del penado al elaborar el plan de ejecución de la pena de trabajo en beneficio de la comunidad, haciendo compatible el cumplimiento penal con su horario laboral.
4. ¿en qué consiste y que duración tiene el taller en materia de seguridad vial (TASEVAL)?
Es un taller de sensibilización que tiene como objetivo una mayor concienciación sobre la importancia del cumplimiento de las normas de tráfico.
5. ¿la pena de TBC puede cumplirse en fines de semana?
Si, siempre que se cumplan dos requisitos: que el penado no pueda cumplir la pena de lunes a viernes debido a sus circunstancias personales, familiares y laborales (contrastadas y justificadas) y que la entidad donde se vaya a cumplir la pena disponga de plazas durante el fin de semana.