Somos un despacho de abogados en Madrid que cuenta con abogados expertos en derecho administrativo. Más concretamente contamos con una amplia experiencia profesional, más de 20 años, actuando y defendiendo los intereses de nuestros clientes ante la propia administración, comprometiéndonos fielmente a defenderlos como si fueran los nuestros propios.
Nos encargamos de interponer recursos de reforma y alzadas, extraordinarios de revisión, y actuar procesalmente ante el Juzgado Contencioso Administrativo, Sala contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia, Sala contencioso administrativa de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo en todo tipo de procedimientos administrativos, extranjería, contratación pública, especialmente en materia de urbanismo y construcción, reclamaciones patrimoniales a la administración, expedientes sancionadores, expropiaciones etc….
Desde el departamento de Derecho Administrativo prestamos asesoramiento jurídico especializado a entidades del sector público, empresas privadas y particulares, a nivel nacional e incluso a nivel internacional, pudiendo elaborar informes y dictámenes sobre las materias jurídico-administrativas en las asumimos la defensa letrada.
El ámbito que abarca el Derecho Público o comúnmente conocido como derecho administrativo es muy extenso ya que la relación con las administraciones públicas pueden ser de muy diferente índole(urbanística, expropiaciones, extranjería, civil, contractual, sanciones y multas, cuestiones de personal laboral de la administración etc…). Trabajamos de forma constante en prestar un servicio de asesoramiento y asistencia legal actualizada y honesta.
Los Juzgados de lo Contencioso-administrativo conocerán, en primera o única instancia, de los recursos contencioso-administrativos contra actos que expresamente les atribuya la Ley.
Corresponde también a los Juzgados de lo Contencioso-administrativo autorizar, mediante auto, la entrada en los domicilios y en los restantes edificios o lugares cuyo acceso requiera el consentimiento de su titular, cuando ello proceda para la ejecución forzosa de actos de la Administración, salvo que se trate de la ejecución de medidas de protección de menores acordadas por la Entidad Pública competente en la materia.
Trabajamos en las siguientes áreas del derecho administrativo: