Sentencia Zonas de Bajas Emisiones Madrid: ¿Puedo recurrir las multas?

Sentencia del TSJM sobre las Zonas de Bajas Emisiones Madrid: Implicaciones y posibilidad de recurrir multas

Sentencia Zonas de Bajas Emisiones Madrid: ¿Puedo recurrir las multas?

¿Conoces la Sentencia sobre las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid?

¿Es el fin de la zona de bajas emisiones?, ¿Puedo recurrir una multa impuesta por acceder a la zona de bajas emisiones? Nuestro despacho te explica qué es lo que ha ocurrido con la nueva sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por medio del cual se anula parte de la normativa.

 

Sentencia del TSJM sobre las Zonas de Bajas Emisiones Madrid: Implicaciones y posibilidad de recurrir multas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido recientemente una sentencia que anula parcialmente la normativa que establece las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en la capital española. Esta decisión ha generado dudas sobre el futuro de estas zonas y la posibilidad de recurrir las multas impuestas. A continuación, analizamos los puntos clave de la situación:

Aspectos principales de la sentencia:

  1. El TSJM ha anulado las partes de la Ordenanza de Movilidad Sostenible que definen el ámbito de la ZBE en todo el municipio de Madrid.
  2. También se anulan las disposiciones que establecen las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) del «Distrito Centro» y «Plaza Elíptica».
  3. La sentencia argumenta que existe una «patente insuficiencia del informe de impacto económico» de las medidas adoptadas.

 

Estado actual de las ZBE tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM)

Es importante destacar que, por el momento:

  1. Las restricciones de las ZBE siguen vigentes.
  2. Las cámaras de vigilancia continúan operativas.
  3. Las multas por accesos indebidos se siguen aplicando.

Esto se debe a que la sentencia aún no es firme, ya que el Ayuntamiento de Madrid ha anunciado que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Es decir, ¿Es posible recurrir las multas de la ZBE?, nuestro despacho de abogados de Madrid, expertos en Derecho Administrativo y sancionador, considera que actualmente , no es posible recurrir las multas impuestas por acceder a las ZBE basándose en esta sentencia, dado que la sentencia no es firme.

 

Sentencia Zonas de Bajas Emisiones Madrid.Anulación multas zona de bajas emisiones

Te dejamos la sentencia para consulta.

Pulsa para descargar la sentencia del TSJM sobre las zonas de bajas emisiones.

 

Anulación de las Zonas de Bajas Emisiones por el TSJM

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido recientemente una sentencia que anula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital española. Esta decisión, que responde a un recurso presentado por el Grupo Municipal de Vox, se fundamenta en irregularidades detectadas en el procedimiento de aprobación de la Ordenanza que establecía dichas zonas.

Insuficiencia del informe de impacto económico

La sentencia del TSJM argumenta que existe una «patente insuficiencia del informe de impacto económico» de las medidas adoptadas. El tribunal considera que, si bien los ayuntamientos tienen la facultad de implementar medidas contra la contaminación, las restricciones impuestas por las ZBE pueden resultar discriminatorias para las personas con menos ingresos, a quienes les resulta más difícil acceder a vehículos que cumplan con las exigencias ambientales.

Ámbito de aplicación del fallo judicial

El fallo judicial afecta a todas las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid, incluyendo las de Especial Protección (ZBEDEP) del Distrito Centro y Plaza Elíptica. Sin embargo, es importante señalar que, por el momento, las restricciones se mantendrán vigentes, ya que la sentencia no es firme y cabe la posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal Supremo.

Impacto en el gobierno municipal

Esta decisión supone un revés significativo para el gobierno municipal de José Luis Martínez Almeida. La Ordenanza en cuestión, aprobada en 2021 y en vigor desde enero de 2022, establecía restricciones de acceso a la capital basadas en las clasificaciones de la DGT sobre el nivel de emisiones de los vehículos.

Falta de proporcionalidad en la normativa

El TSJM ha concluido que la aprobación de la Ordenanza no se ajustó a los criterios establecidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo, que exigen respetar el principio de proporcionalidad en materia ambiental. Según la sentencia, no se tuvieron en cuenta las consecuencias económicas para un importante sector de la población, especialmente el más vulnerable, ni la incidencia en la actividad de las empresas, particularmente las más pequeñas.

Esta sentencia ha generado un debate sobre el equilibrio entre las políticas medioambientales y su impacto socioeconómico, especialmente en sectores como el transporte urbano y la distribución de mercancías.

 

 

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