18 Jul ¿Qué hacer ante comentarios ofensivos en redes sociales?
¿Qué hacer ante comentarios negativos y/u ofensivos en redes sociales?
Cada día es más frecuente que los particulares y empresas tengan dudas de qué debemos hacer ante comentarios negativos o críticas en nuestras redes sociales. Es lógico, pues no es una pregunta que tenga una respuesta única. Como abogados expertos en asistencia penal, ante Juzgados de Instrucción y Audiencia Provincial, sede penal y sede civil, en Madrid, os proponemos una instructa de cómo proceder ante estas situaciones. Insistimos que puede ser compartida o no, pero al menos, os servirá para no judicializar indiscriminadamente estas causas que en muchos casos acaban con autos de sobreseimiento por estar amparados los comentarios bajo la denominada libertad de expresión.
¿Cómo actuar ante comentarios negativos en redes sociales?
No podemos evitar las opiniones o comentarios, más o menos críticos, en las redes sociales; de hecho todo lo contrario, es lo esperado si exponemos nuestras vidas, pensamientos y sentimientos de forma pública. Y es que toda vida social que hagamos en redes, ya sea como empresas o particulares, debe estar vista bajo el prisma del derecho constitucional de libertad de expresión. Y es que no existe una línea marcada y definida que separe la libertad de expresión de la vulneración al derecho al honor, imagen etc. lo único que sí tenemos que tener claro es que uno de los ítems que nos sirve para valorar esta invisible línea es que no se caiga en el insulto o desprestigio gratuito, manifiesto y grave.
Ahora bien, en caso que se produzcan comentarios críticos, de más o menor dureza, en los que detectemos:
- Que el fin no es criticar o emitir una opinión sino ofender y afectar el “honor” de la persona o el “honor”(IMAGEN) de la empresa (ello se observa con los términos empleados, si son directos o indirectos, si está motivados los comentarios, si son habituales del sujeto o si son expresiones comúnmente admitidas o no…. etc).
- Si esos comentarios generan una clara afección a los intereses de la empresa con notable menoscabo de su imagen pública por el medio empleado o su gravedad.
Pasos a seguir:
- Reflexionar y ver el fondo de la crítica. Pensarla, no tomar decisiones en caliente. Comprobar qué hay de cierto y qué no, intentar entender lo que pretende decir.
- No borrar el comentario. Hay que salvar la información, guardarla, por si fuere necesario posteriormente utilizarla.
- Determina quién es la persona que ha vertido la crítica.
- Nunca entres al trapo, no eches gasolina al fuego. Da una respuesta de forma educada y respetuosa rebatiéndolo con argumentos y explicaciones, meditadas y hechas siempre en frío (nunca contestar en caliente).
- Si el sujeto reitera su actitud y mantiene y persiste con sus ataques, imputaciones de delitos (por ejemplo, ser atentar contra la salud de los trabajadores…o cualquier otra que se aprecia más allá de la crítica o debate u opinión) debes:
- Monitorear las conversaciones.
- Consultar con un abogado especialista en asistencia en Juzgados de lo penal y defensa del honor e intimidad. Consulta con nuestros abogados penalistas para formular la denuncia/ querella por lo penal o demanda por lo civil para defender tus intereses con las mayores garantías de éxito.
- Con todo ello, se podría formular una denuncia de injurias o calumnias, acoso (en caso de ser reiterados) o demanda por defensa del “honor” como Imagen de la empresa según la repercusión y el medio empleado(no es lo mismo un foro, Twitter que un periódico).
De igual forma, mi consejo, es denunciar directamente si se producen comentarios ofensivos en redes sociales:
Si en los comentarios nos encontremos insultos personales o cuestiones relacionadas con la incitación al odio, racismo, violencia, o similares o imputación directa de un delito de cualquier clase, de forma directa, que no velada.
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