Procedimiento penal abreviado, en España

Procedimiento penal abreviado, en España

Procedimiento penal abreviado, en España

El procedimiento penal abreviado en España es un mecanismo establecido en el Código Procesal Penal que regula la instrucción y enjuiciamiento de delitos penales de diversa índole, incluyendo aquellos de naturaleza patrimonial, como hurto, robo, estafas, blanqueo de capitales, delitos societarios, frustración de la ejecución, insolvencia penal, así como delitos de lesiones, revelación de secretos, entre otros.

En el sistema legal español, el procedimiento penal despliega una serie de etapas y mecanismos diseñados para asegurar la correcta instrucción y enjuiciamiento de delitos penales. Dentro de este marco, el procedimiento abreviado, regido por disposiciones del Código Penal, emerge como una herramienta fundamental para abordar casos que involucran delitos de diversa índole, desde aquellos de naturaleza patrimonial hasta aquellos relacionados con lesiones personales.

“Este procedimiento abreviado, regulado en el Código Procesal Penal, tiene por objeto simplificar y agilizar la tramitación de casos en los que se persiguen delitos de índole patrimonial, como hurto, robo, estafas, blanqueo de capitales, así como delitos societarios, frustración de la ejecución, insolvencia penal, delitos de lesiones, revelación de secretos, entre otros”.

 

Procedimiento penal abreviado para delitos patrimoniales y lesiones

El procedimiento abreviado regulado en el Código penal que regula la instrucción y enjuiciamiento de delitos penales de índole patrimonial y delitos de lesiones, como delitos penales de hurto y robo, delitos penales de estafas, delitos penales de blanqueo de capitales, delitos societarios, delitos penales de frustración de la ejecución, delitos penales de insolvencia penal, delitos de lesiones, delitos de revelación de secretos y otros muchos. Información necesaria para afrontar de forma eficaz una investigación y enjuiciamiento criminal por un abogado penalista defensor, o por un abogado penalista de acusación, y contar con garantías de éxito para lograr la condena penal o la absolución o sobreseimiento

 

Fases del procedimiento penal abreviado

Fases del procedimiento penal abreviado

Fases del procedimiento penal abreviado

Denuncia

Mediante la denuncia escrita, ante la Policía, Juzgado de Guardia, Fiscalía, se pone en conocimiento de las autoridades la posible comisión de un delito, su posible autoría, revelando datos o aportando pruebas mínimas indiciarias que permitan abrir un procedimiento de instrucción.

Instrucción

Durante esta fase, el juez de instrucción realiza diligencias para esclarecer los hechos y determinar la existencia de indicios de delito y la participación delictiva de los implicados. Se practican diligencias indagatorias de pruebas, se recaban testimonios y se pueden llevar a cabo medidas cautelares como la prisión provisional.

Fase intermedia. Proposición de juicio oral

Una vez concluida la instrucción, el juez instructor decide si hay indicios suficientes para elevar la causa a juicio oral. En caso afirmativo, emite un auto de transformación de procedimiento y apertura de juicio oral, en el que se fijan los hechos objeto de enjuiciamiento y las acusaciones formuladas.

Apertura del juicio oral

En esta fase, el proceso se traslada al tribunal competente para la celebración del juicio oral. Se fijan las fechas para la celebración del mismo y se notifican a las partes acusadoras y a la defensa.

Celebración del juicio oral

Durante el juicio oral, se practican las pruebas admitidas por el tribunal y las partes presentan sus alegatos y conclusiones finales. Se garantiza el principio de contradicción y se asegura el derecho de defensa de los acusados.

Sentencia

Una vez concluido el juicio oral, el tribunal emite una sentencia en la que se establece la culpabilidad o inocencia de los acusados y se impone, en su caso, la pena correspondiente o se logra una sentencia absolutoria que absuelva de la pena solicitada.

 

Inicio

Denuncia

La posible víctima o el perjudicado pone en conocimiento de las autoridades policiales o judiciales la posible comisión de un hecho delictivo. No puede ser anónima.

Investigación policial

Recibida la noticia criminal, la policía debe practicar unas mínimas labores de investigación, pudiendo llamar a los denunciados para tomarles declaración. Tras la investigación, la policía prepara un informe sobre los hechos denunciados y sobre las personas denunciadas (Informe policial)

 

Fase de diligencias previas

Apertura investigación Juzgado. Recibido el informe policial “atestado policial” o bien recibida la denuncia de la persona, si se aprecia indicios mínimos de delito, acordará abrir una fase de investigación judicial que se llama apertura de diligencias previas y se procederá a investigar el delito.

Esto incluye:

  • Citación víctima o perjudicada.
  • Citación denunciada.
  • Citación testigos.

 

En cuanto a la prueba, pueden darse:

  • Práctica de pruebas documentales. En algunas ocasiones se hace necesario que se aporte documentos que no están disponibles a la parte denunciada o denunciante, como puede ser información bancaria, información administrativa, por ejemplo, informes de la DGT,
  • Prácticas de otras pruebas (periciales, reconocimientos fotográficos, reconocimientos en persona, pruebas de ADN, pruebas médicas).
  • Práctica de medidas cautelares (orden de protección o decisión de situación personal, prisión provisional o libertad).

 

Fase intermedia

Se produce la decisión del juzgado sobre continuación del procedimiento. Transformación en procedimiento abreviado. La resolución (llamada auto) es recurrible. Con toda la información anterior, el juzgado debe tomar una decisión inicial que permita entender que existen indicios de delito o, por el contrario, de inocencia, dando traslado a las partes para que si no están conformes puedan recurrirlo.  En caso de considerar de que existen indicios de inocencia y no de culpabilidad, se dictará un auto de sobreseimiento provisional y archivo de la causa).

En caso de que el Juez haya entendido que existen indicios de delito, dará traslado a las partes implicadas para que presenten acusación, pidan sobreseimiento o pidan diligencias de prueba complementarias en caso de que las practicadas no sean suficientes.

Decisión del Juzgado sobre continuación de procedimiento. Apertura del juicio oral. Si existe acusación por alguna de las partes o y está fundamentada, el juzgado abrirá trámite para que se celebre juicio y se dará traslado de las acusaciones a la defensa para que presente su escrito de conclusiones.

Citación juicio. Las partes deben ir acompañadas de abogado y procurador.

 

Juicio oral

El juicio comienza con cuestiones previas, donde se pueden plantear temas como posibles prescripciones, nulidades de prueba o intentar incorporar a la causa prueba denegadas o nuevas pruebas.

Tras ello, sigue la práctica de prueba:

  • Con interrogatorio de los acusados, denunciantes, testigos y peritos que hayan sido admitidos.
  • Documental, pudiéndose impugnar algunos de los documentos que obren en la causa o siendo, incluso, el momento oportuno para dar lectura de aquello que resulte importante y cuestionado por las partes. Si no hay nada que plantear se solicita se tengan por reproducidas en la causa.

Posteriormente, y valorando la prueba practicada las partes pueden modificar las conclusiones de acusación y/o defensa en todo o en parte, y sino elevar sus escritos de defensa y acusación como definitivos, para posteriormente hacer una conclusión final puntualizando aquellos aspectos importantes de la prueba, de los hechos y/o de los elementos de los tipos penales.

Tras ello, se da audiencia a los acusados para que puedan decir su última palabra si lo desean y dar por concluido el juicio.

El juicio penal quedará con todo ello visto para sentencia.

 

Importancia del abogado penalista

En este contexto, la figura del abogado penalista cobra una relevancia fundamental. Tanto en el papel de defensor como en el de acusador particular, el abogado penalista juega un papel crucial en la estrategia legal y la defensa de los derechos de sus clientes.

Desde nuestro departamento /área penal, dirigido por Daniel Lucas Romero, abogado con alta experiencia profesional, y grandes casos de éxito tanto en la Audiencia Nacional como en la Audiencia Provincial, y tribunales menores, Juzgados de lo penal, simplifica la idea del abogado defensor y de la acusación penal de una forma sencilla: “Un abogado penalista defensor debe estar familiarizado con todas las etapas del procedimiento abreviado y contar con experiencia en la preparación de estrategias defensivas efectivas. Esto implica la revisión minuciosa de la evidencia, la presentación de recursos cuando sea necesario y la protección de los derechos procesales de su cliente.

 Por otro lado, un abogado penalista de acusación particular debe estar capacitado para recopilar pruebas sólidas, formular acusaciones fundamentadas y argumentar de manera persuasiva ante el tribunal. Su objetivo es demostrar la culpabilidad del acusado y obtener una condena penal justa”.

Contar con un abogado penalista especializado y con experiencia en procedimientos penales abreviados es fundamental para garantizar el éxito en la defensa o acusación en un proceso penal. La habilidad del abogado para analizar la evidencia, formular estrategias legales sólidas y defender los intereses de su cliente de manera eficaz puede marcar la diferencia entre una condena penal y una absolución o sobreseimiento.

 

Procedimiento penal abreviado, en España

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