Nuevo registro de viajeros en España: Obligaciones y riesgos del RD 933/2021

Nuevo registro de viajeros en España

Nuevo registro de viajeros en España: Obligaciones y riesgos del RD 933/2021

¿Qué es el Real Decreto 933/2021?

Nuevo registro de viajeros. El RD 933/2021 establece la obligación de registrar los datos personales de los consumidores que participen en actividades de hospedaje o alquiler de vehículos a motor.

 

¿Quiénes deben cumplir con este RD?

Las personas físicas o jurídicas que ofrezcan servicios de hospedaje (hoteles, hostales, apartamentos vacacionales, campings…) o en aquellos contratos de arrendamiento de vehículos.

 

¿Qué datos deben facilitar los viajeros y arrendatarios de vehículos?

Para cumplir el nuevo registro de viajeros, estos deben facilitar los siguientes datos personales:

  • Nombre y apellidos
  • Documento de identidad
  • Nacionalidad
  • Fecha de nacimiento
  • Lugar de residencia
  • Dirección
  • Parentesco entre los viajeros (si aplica)

 

¿Qué información adicional se requiere sobre los medios de pago?

Se deben recoger datos sensibles como:

  • Tipo de pago: tarjeta, efectivo, transferencia
  • Número de tarjeta o cuenta (IBAN)
  • Titular del medio de pago
  • Fecha de caducidad

 

¿Esta obligación supondría una vulneración al derecho a la intimidad?

Aunque el derecho a la intimidad es reconocido constitucionalmente como un derecho fundamental, no es absoluto, es decir, puede ser limitado si exista un interés público o de seguridad legítimos, siempre y cuando se respete el principio de proporcionalidad.

 

¿Qué importancia tiene la Ley Orgánica de Protección de datos y el Reglamento (UE) 2016/679 sobre la protección de datos?

Tiene como objeto la protección de los datos personales y garantizar que su tratamiento sea legítimo, adecuado y necesario.

 

¿El RD 2021 cumple con las exigencias de la LOPD y el Reglamento (UE)?

El RD 2021 establece un plazo de tres años para conservar los datos, lo que excede del plazo generalmente previsto por el Reglamento (UE) que prevé que dicha conservación de los datos ha de ser por el tiempo necesario para cumplir su propósito. En cuanto a la cantidad de datos exigidos por el RD 2021, la UE hace referencia al principio de minimización de datos, de manera que únicamente se pueden recoger la cantidad mínima de datos.

 

¿Qué riesgos existe con la gestión de estos datos personales?

Una mala gestión o almacenamiento de estos datos puede derivar en:

  • Fraudes
  • Suplantación de identidad
  • Otros delitos informáticos vinculados al uso indebido de información personal

 

¿El RD 2021 garantiza una protección adecuada de los datos?

No garantiza una protección suficiente, ya que no establece mecanismos claros de seguridad, lo que incrementa el riesgo de que los datos sean utilizados de manera indebida.

 

¿Es justificable la recopilación de tantos datos personales por parte de estos sectores?

La recopilación de tantos datos podría no ser justificable si no se otorga una protección adecuada. La proporcionalidad de la medida debe ser revisada para conseguir no solo la alineación del nuevo registro con los principios reconocidos en el Reglamento (UE) y LOPD sino también,  para evitar un riesgo para la ciudadanía y una invasión innecesaria de la privacidad.