29 Jun Lucas Franco Abogados logra el archivo de un procedimiento penal grave tras impugnar un informe pericial psicológico e informes asistenciales
Lucas Franco Abogados, despacho especializado en defensa penal en procedimientos por delitos de naturaleza personal, causas penales sensibles y violencia de género, ha conseguido recientemente el archivo y sobreseimiento de un proceso penal por delito grave tras una estrategia de defensa centrada en impugnar informe pericial psicológico y en el análisis crítico de los informes obrantes en autos, especialmente los informes asistenciales y periciales incorporados al procedimiento.
La resolución pone de manifiesto una cuestión cada vez más relevante en la práctica penal: no todo informe psicológico, médico, social o asistencial puede ser tratado automáticamente como una prueba pericial plena. En causas penales especialmente sensibles, donde están en juego la libertad, la presunción de inocencia, el derecho de defensa y la reputación personal y profesional del investigado, resulta imprescindible examinar con rigor el origen, finalidad, metodología y alcance real de cada informe.
Una defensa técnica basada en detectar debilidades e inconsistencias
En el procedimiento, la defensa ejercida por Lucas Franco Abogados impugnó de forma específica los informes incorporados a la causa, poniendo de relieve sus debilidades metodológicas, inconsistencias internas y limitaciones probatorias. La estrategia no se limitó a una oposición genérica, sino que abordó de manera concreta qué aspectos de esos documentos no podían operar como corroboración autónoma suficiente en un proceso penal.
Entre las cuestiones analizadas se encontraban la finalidad con la que habían sido elaborados los informes, la posible confusión entre manifestaciones recogidas y conclusiones técnicas, la ausencia de una metodología plenamente verificable, la falta de separación entre datos observados y relato referido, así como la necesidad de valorar hipótesis alternativas antes de extraer conclusiones con relevancia penal.
Como explica Daniel Lucas Romero, abogado penalista del Departamento Penal de Lucas Franco Abogados:
“En un procedimiento penal no todo informe psicológico es una pericial en sentido estricto; la diferencia está en si el informe ha nacido para asistir clínicamente o para ser sometido a contradicción ante un tribunal”.
Esta distinción fue clave para evidenciar que determinados documentos, aunque pudieran tener utilidad clínica, terapéutica, social o asistencial, no podían ser valorados sin más como prueba de cargo concluyente sobre la realidad del hecho investigado, su concreta dinámica o la autoría atribuida.
Informes asistenciales e informes periciales psicológicos: una diferencia que puede cambiar el curso del procedimiento
En procedimientos por violencia de género, violencia doméstica, causas penales sensibles o delitos de naturaleza personal, es frecuente que se incorporen informes elaborados por centros de atención, servicios especializados, recursos públicos, profesionales sanitarios, psicólogos o trabajadores sociales que han intervenido con la denunciante o con la víctima.
Estos informes pueden ser útiles para describir un estado emocional, una situación de vulnerabilidad, un proceso terapéutico, la existencia de determinada sintomatología o necesidades de protección. Sin embargo, desde la perspectiva del proceso penal, su utilidad asistencial no equivale necesariamente a la eficacia propia de una prueba pericial judicial plena.
Un informe asistencial nace normalmente en un contexto clínico, terapéutico, médico, psicológico o social. Su finalidad principal suele ser atender, acompañar, valorar o proteger a una persona, no determinar con garantías procesales si un hecho delictivo ocurrió, cómo ocurrió y quién lo cometió.
Por el contrario, una prueba pericial penal debe identificar con precisión el objeto del examen, describir las operaciones realizadas, explicar los instrumentos o técnicas empleados, diferenciar los datos de base de las valoraciones profesionales y permitir que las partes sometan sus conclusiones a contradicción.
En palabras de Elina E. Hidalgo López, socia de Lucas Franco Abogados en Madrid:
“Un informe asistencial puede ser muy relevante para comprender el contexto de una persona, pero no debe convertirse automáticamente en prueba de cargo si no permite conocer, discutir y verificar cómo se han alcanzado sus conclusiones”.
Especial relevancia en procedimientos penales sensibles y delitos de naturaleza personal
La cuestión adquiere especial importancia en los procedimientos penales sensibles y otros delitos de naturaleza personal, en los que la prueba suele presentar una complejidad añadida. Muchas veces los hechos se sitúan en contextos de intimidad, sin testigos directos y con una fuerte carga emocional. En esos escenarios, los informes psicológicos, médicos o asistenciales pueden ser utilizados como elementos de apoyo del relato denunciante.
Precisamente por ello, el análisis debe ser especialmente riguroso. Que una persona presente ansiedad, miedo, tristeza, bloqueo, sintomatología compatible con una vivencia traumática o indicadores emocionales relevantes no significa, por sí solo, que haya quedado acreditado penalmente el hecho denunciado, su concreta dinámica, su fecha, su contexto o la autoría atribuida al investigado.
La compatibilidad clínica no equivale automáticamente a corroboración penal. Muchos indicadores psicológicos pueden ser inespecíficos y responder a distintas causas. Por ese motivo, cualquier informe que pretenda tener un peso probatorio relevante, especialmente cuando se presenta como informe pericial psicológico, debe explicar su metodología, delimitar su objeto, distinguir entre relato y observación técnica, analizar hipótesis alternativas y precisar el alcance real de sus conclusiones.
Como subraya Daniel Lucas Romero:
“La pericial penal no vale solo por lo que concluye, sino por el camino que permite recorrer hasta esa conclusión: objeto, método, datos, razonamiento y contradicción”.
En el caso defendido por Lucas Franco Abogados, la impugnación de los informes permitió destacar que determinadas conclusiones no ofrecían la solidez necesaria para sostener la continuación del procedimiento penal, lo que finalmente contribuyó al archivo y sobreseimiento de la causa.
Impugnar un informe pericial psicológico no es discrepar: es explicar técnicamente por qué no basta
Una de las claves del resultado obtenido fue la forma en que se articuló la impugnación. En el proceso penal, para impugnar un informe pericial psicológico no basta con afirmar que no se comparte o que sus conclusiones son discutibles. La defensa debe identificar con precisión qué falla, qué no se ha contrastado, qué metodología se ha empleado, qué hipótesis no se han valorado y por qué la conclusión no puede operar como prueba de cargo autónoma.
La impugnación puede referirse, entre otros aspectos, a la ausencia de pruebas psicométricas validadas, la falta de exposición sistemática de resultados, la inexistencia de trazabilidad entre datos y conclusiones, la confusión entre manifestaciones de la persona evaluada y conclusiones técnicas, o la formulación de afirmaciones que exceden el ámbito propio del profesional que emite el informe.
Según Daniel Lucas Romero:
“Impugnar no es decir simplemente que no se está de acuerdo; impugnar bien es explicar al tribunal qué falla en el método, qué no se ha contrastado y por qué la conclusión no puede operar como corroboración autónoma”.
Esta aproximación exige experiencia, conocimiento técnico y una estrategia procesal precisa. En procedimientos por delitos graves, especialmente cuando afectan al ámbito de la intimidad personal, la defensa penal no puede limitarse a discutir el relato de los hechos: debe analizar también qué informes se utilizan para reforzarlo, cuál es su verdadera naturaleza y si han sido elaborados con garantías suficientes para tener valor probatorio en el proceso.
Un despacho penalista especializado en causas complejas
El resultado obtenido refuerza la posición de Lucas Franco Abogados como despacho especializado en la defensa penal de procedimientos complejos por delitos de naturaleza personal, causas penales sensibles, violencia de género y otros delitos graves en los que la valoración de la prueba exige un análisis técnico minucioso.
Desde su Departamento Penal, el despacho combina estrategia procesal, conocimiento jurisprudencial y análisis crítico de la prueba para proteger los derechos fundamentales de sus clientes, especialmente en asuntos en los que una acusación penal puede tener consecuencias personales, familiares, profesionales y reputacionales irreparables.
La obtención del archivo y sobreseimiento en este procedimiento confirma la importancia de una defensa penal especializada, capaz de detectar inconsistencias, cuestionar informes aparentemente concluyentes y, cuando sea necesario, impugnar un informe pericial psicológico sin garantías suficientes. En un Estado de Derecho, ninguna acusación puede prosperar sin prueba suficiente, fiable y sometida a contradicción.
Lucas Franco Abogados logra el archivo de un procedimiento penal grave tras impugnar un informe pericial psicológico e informes asistenciales