La responsabilidad patrimonial del estado. ¿Se le puede exigir algún tipo de responsabilidad al Ministerio del Interior?

La responsabilidad patrimonial del Ministerio del Interior consiste en el reconocimiento del pago de una serie de indemnizaciones por los daños o lesiones producidos por el funcionamiento normal o anormal de los servicios propios del Ministerio.

La responsabilidad patrimonial del estado. Todo ciudadano o administrado español tiene derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que sufra ante el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos del Estado; en concreto, para el caso, se podrá exigir al Ministerio del Interior, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley, responsabilidad por los daños o lesiones que sufra en sus bienes y derechos el particular como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos propios del Ministerio del Interior consistente en el reconocimiento del pago de una serie de indemnizaciones por tales extremos que previamente sean probados y acreditados.

Comprobados los hechos, y debidamente acreditados los daños producidos, el Departamento correspondiente, previa solicitud del interesado, procederá al reconocimiento del derecho indemnizatorio y al abono de este.

 

 1. REQUISITOS

  • Que efectivamente se haya producido una lesión o daño efectivo, evaluable económicamente individualizado con relación a una persona o grupo de personas.
  • Que el daño se haya causado como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Acreditación de la relación “causa-efecto”.
  • Que no haya intervenido en la relación de causa o efecto culpa alguna del interesado ni fuerza mayor.

 2. PLAZO PARA PRESENTAR LAS RECLAMACIONES

El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Tal hecho no se identifica siempre con el evento lesivo, sino que en ocasiones habrá que referirlo a la declaración de responsabilidad directa o subsidiaria que haga la jurisdicción penal, con lo cual la fecha de arranque para el cómputo del plazo de caducidad será la de la notificación de la sentencia, disponiendo entonces el perjudicado del plazo de un año para ejercitar su acción.

3. RECURSOS

Contra las resoluciones dictadas por el titular del Ministerio del Interior, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, o directamente  recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo preceptuado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Tipos indemnizaciones

a) Transportes que realicen viajes de carácter internacional:

Son indemnizables por el Estado los daños y perjuicios sufridos por medios de transporte extranjeros de mercancías o colectivo de viajeros, su carga y ocupantes, que se hallen en territorio español realizando viajes de transporte internacional, siempre que dichos daños y perjuicios se deriven directamente de acciones violentas, indiscriminadas o selectivas, realizadas por personas identificadas o no y en relación a un conflicto existente.

Esta indemnización cubrirá, entre otros, los siguientes conceptos:

  • Cobertura legal.
  • Daños y perjuicios sufridos por medios de transportes extranjeros de mercancías o colectivo de viajeros.
  • Daños y perjuicios sufridos en la carga y/o ocupantes de los medios de transportes extranjeros de mercancías o colectivo de viajeros.
  • En su caso, los gastos médico-farmacéuticos.

b) participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad

Se establece un sistema de indemnizaciones cuando se produzca la muerte o daños físicos o psíquicos del personal relacionado en el apartado “Ámbito personal” , con motivo de su participación en una operación de mantenimiento de la paz, de asistencia humanitaria o en otras de carácter internacional que hayan sido aprobadas específicamente por el Gobierno a estos efectos.

 

La responsabilidad patrimonial del estado.

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