¿Qué es un juicio rápido?

¿Qué es un juicio rápido?

¿Qué es un juicio rápido?

¿Enfrentas un juicio rápido y necesitas asesoramiento legal inmediato? Nuestro equipo de abogados penalistas especializados en juicios rápidos está aquí para brindarte la representación legal que necesitas en situaciones urgentes y cruciales. Con una amplia experiencia en este ámbito, somos tu recurso confiable para enfrentar los desafíos de los juicios rápidos con agilidad y eficacia.

En nuestro bufete, contamos con un equipo de abogados con una profunda experiencia en juicios rápidos. Comprendemos la naturaleza acelerada de estos procedimientos y la importancia de actuar rápidamente para proteger tus derechos. Nuestra experiencia abarca una variedad de casos, desde delitos menores hasta situaciones más complejas que requieren una defensa experta en un corto período de tiempo.

 

¿Qué es un juicio rápido?

Si te llega una citación o has sido detenido por un delito de los denominados de juicio rápido y no sabes en qué consiste. Tranquilo. Nuestro despacho de abogados penalistas en Madrid te cuenta brevemente en este artículo en qué consiste:

Fundamentos legales de un juicio rápido

Los juicios rápidos en el derecho penal español son un procedimiento especial que tiene como objetivo agilizar la resolución de casos penales, especialmente aquellos que involucran delitos de menor gravedad. Estos juicios se rigen por la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) de España y se aplican en situaciones donde se cumplen ciertos criterios que permiten un proceso más ágil y expedito. A continuación, se ofrece una explicación legal y analítica de los juicios rápidos en el derecho penal español.

Los juicios rápidos en el derecho penal español están regulados principalmente en los artículos 795 a 803 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Estos artículos establecen las bases para la celebración de juicios rápidos y los procedimientos a seguir. Los fundamentos legales que respaldan la implementación de juicios rápidos incluyen:

  1. Agilización de la justicia: El objetivo principal de los juicios rápidos es acelerar la resolución de casos penales, lo que contribuye a reducir la carga de trabajo de los tribunales y a garantizar una respuesta más rápida a los delitos.
  2. Protección de derechos fundamentales: A pesar de su rapidez, los juicios rápidos deben garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los acusados, como el derecho a la defensa, el derecho a un juicio justo y el derecho a un abogado.
  3. Eficiencia: Los juicios rápidos son especialmente útiles para casos en los que se dispone de pruebas sólidas y no se prevé un litigio prolongado, lo que permite una gestión más eficiente de los recursos judiciales.
  4. Prevención de la prisión provisional: Al resolver rápidamente los casos, los juicios rápidos pueden contribuir a reducir el tiempo que una persona pasa en prisión provisional antes de ser juzgada.

 

Criterios para la celebración de juicios rápidos

Los juicios rápidos se celebran en base a ciertos criterios establecidos en la LECrim. En particular se prevén en el artículo 795.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y son:

  • Lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual según el artículo 173.2 del Código Penal, es decir, maltrato habitual en el ámbito familiar, violencia doméstica o violencia de género.
  • Hurto y robo.
  • Hurto y robo de uso de vehículos automotor.
  • Delitos contra la seguridad del tráfico como:
    • Conducir bajo los efectos del alcohol.
    • Conducción temeraria.
    • Conducir sin puntos o sin licencia.
    • Conducción suicida sin poner en peligro a otras personas.
    • Exceso de velocidad.
    • Negarse a realizar las pruebas de alcoholemia y drogas.
  • Daños contra la propiedad ajena, referidos en el artículo 263 del Código Penal.
  • Cultivo, elaboración, tráfico o promoción o facilitación del consumo de sustancias tóxicas, estupefacientes o psicotrópicas según el artículo 368 del Código Penal.
  • Delitos flagrantes contra la propiedad intelectual e industrial, previstos en los artículos 270 y 273 a 275 del Código Penal.
  • Defraudaciones y estafas según artículos 248, 255 y 256 del Código Penal.
  • Quebrantamiento de condenas o medidas cautelares.
  • Atentado contra funcionario no autoridad.
  • Resistencia a la autoridad.
  • Tenencia ilícita de armas.

Además, deben tener estas características:

  1. Que sean castigados con pena de prisión no superior a 5 años o 10 años si no es privativa de la libertad.
  2. El procedimiento debe haber sido iniciado por una actuación policial.
  3. El delincuente debe haber sido detenido en flagrancia, puesto a disposición judicial o citado por la Policía para comparecer ante un juzgado en calidad de denunciado.

 

Características de los juicios rápidos

El procedimiento de los juicios rápidos se caracteriza por su celeridad. Incluye las siguientes etapas:

  1. Instrucción sumarial rápida: La fase de instrucción se simplifica al máximo, con un rápido recopilación de pruebas por parte de la fiscalía y la defensa.
  2. Vista oral rápida: La vista oral se celebra de manera inmediata y suele ser breve. Las partes presentan sus argumentos y pruebas en un plazo corto.
  3. Sentencia inmediata: El tribunal emite una sentencia inmediatamente después de la vista oral. Esta puede incluir una condena o la absolución del acusado.

 

Garantías en los juicios rápidos

A pesar de su rapidez, los juicios rápidos deben garantizar una serie de derechos y garantías para los acusados:

  1. Derecho a la defensa: Los acusados tienen derecho a ser asistidos por un abogado y a presentar pruebas en su defensa.
  2. Derecho a un juicio justo: Aunque el proceso es rápido, debe ser imparcial y respetar los principios de un juicio justo.
  3. Apelación: Los acusados tienen derecho a apelar la sentencia si no están de acuerdo con la misma.

 

¿Qué es un juicio rápido? Procedimiento del juicio rápido

Este tipo de procedimientos sumariales cuenta con cuatro etapas que confluyen de forma armónica entre ellas, a saber.

1. Apertura de diligencias policiales y judiciales

Las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, en general la policía nacional y municipal, llevarán a cabo las diligencias oportunas para informar al juez sobre la comisión e un delito, y en su caso poner a disposición judicial al detenido.

Como cualquier procedimiento penal el juez instructor incoa auto de apertura de diligencias de instrucción para poder llevar a cabo la labor indagatoria de los hechos.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) establece que la policía judicial está obligada a llevar a cabo una serie de diligencias de manera imperativa, asegurando que se realicen en el tiempo necesario. Estas diligencias pueden desembocar en la detención del delincuente o en su liberación, dependiendo de las circunstancias del caso.

Primeramente, es fundamental que la policía judicial informe de manera inmediata sobre el hecho al juzgado de guardia y al Ministerio Fiscal. En el caso de que el delincuente haya sido detenido, se le llevará ante este juzgado para la celebración de un juicio rápido. En otras circunstancias, el delincuente será citado para comparecer ante el juzgado en un plazo que puede ser de 3, 5 o 7 días, según lo establecido por la ley.

Además de estas diligencias, la policía judicial también tiene la responsabilidad de llevar a cabo pericias y recabar los informes necesarios para la investigación. Es crucial que todas estas acciones se registren adecuadamente, y las partes involucradas serán citadas ante el juzgado de guardia en un día y hora determinados.

Cabe destacar que, debido a la urgencia en ciertos casos, algunas de estas actuaciones pueden llevarse a cabo de manera oral, aunque siempre se garantiza que queden registros apropiados de las mismas.

Todas estas acciones judiciales se realizan a través del procedimiento de Diligencias Urgentes en el juzgado de guardia, cuya regulación se encuentra en los artículos 797, 797 bis, 798 y 799 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Este procedimiento permite una respuesta rápida y eficiente a los delitos, al tiempo que garantiza el respeto de los derechos de todas las partes involucradas en el proceso penal.

2. Instrucción

La instrucción se practica en un escaso tiempo, prácticamente en un solo día. Ante la puesta a disposición del detenido ante la autoridad judicial en ese momento se practican las diligencias de toma de declaraciones, ratificaciones de informes policiales, asistencia médica forense etc…

Sobre las diligencias judiciales hay que decir que este proceso tiene lugar en el tribunal de guardia y presenta diversas posibilidades, que van desde la solicitud de medidas cautelares hasta el sobreseimiento del caso o incluso la admisión de culpabilidad, lo que puede dar lugar a un acuerdo que resulta en la reducción de un tercio de la pena propuesta por el fiscal. Los detalles de esta etapa se encuentran regulados en los artículos 800 y 801 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

3. Juicio oral

Una vez concluida la instrucción, y celebrado el trámite del art. 798 de la Lecrim correspondiente a la celebración de la vista para valorar si de la instrucción practicada es suficiente o no para la celebración de juicio, se citará, si así lo acuerda el juez, a juicio por delito penal:

Si no es posible llegar a un acuerdo, el proceso avanza a esta etapa. En un plazo de 15 días, el acusado es citado por el Juzgado de lo Penal correspondiente para dar inicio al juicio oral, con un plazo adicional de 3 días para la emisión de la sentencia.

  • El juicio oral se llevará a cabo siguiendo las pautas establecidas en los artículos 786 a 788 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  • En caso de que, por razones debidamente fundamentadas por el Juez, no sea posible celebrar el juicio oral en la fecha programada o no se pueda concluir en una sola sesión, se establecerá una nueva fecha para su celebración o continuación en el plazo más breve posible, dentro de los siguientes quince días. Esto se tendrá en cuenta en función de la agenda de señalamientos programados y otras circunstancias, tal como se establece en el artículo 182.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el artículo 785 de la presente Ley. Esta información será comunicada a todas las partes involucradas.
  • La sentencia se dictará en un plazo de tres días después de la finalización de la vista, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 789.

 

4. Sentencia

La sentencia es la decisión del juez basada en las pruebas y declaraciones presentadas en el proceso. Esta sentencia puede ser objeto de recurso en un plazo de cinco días.

En el caso de una sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal, se tiene la opción de presentar un recurso de apelación, el cual se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en los artículos 790 a 792, con algunas particularidades:

  • El plazo para presentar el escrito de formalización del recurso será de cinco días.
  • Las demás partes involucradas tendrán un plazo de cinco días para presentar sus escritos de alegaciones.
  • La sentencia de apelación debe ser dictada dentro de los tres días posteriores a la celebración de la vista o, en caso de que no se celebre vista, en un plazo de cinco días después de recibir las actuaciones.
  • La tramitación y resolución de estos recursos de apelación se llevarán a cabo con carácter preferente.

 

¿Qué es una conformidad penal?, ¿es posible conformidad en los juicios rápidos?

Si es posible conformar en estos casos.

El procedimiento de enjuiciamiento rápido se puede llevar a cabo de diversas maneras:

  1. Sin conformidad: En esta modalidad, el presunto autor del hecho no admite su culpabilidad y opta por continuar con el juicio. En este proceso, se realiza una investigación adicional y se remite el caso al juzgado competente para su posterior enjuiciamiento.
  2. Con conformidad: En este escenario, se logra un acuerdo entre las partes, y el acusado reconoce su culpabilidad. Como resultado de esta conformidad, se le ofrece al delincuente una reducción de un tercio de la pena propuesta por el fiscal.

 

¿Cuál es el papel de la víctima o perjudicado de delito leve?

Los derechos y deberes de las víctimas de un delito son fundamentales para garantizar una participación justa y equitativa en el proceso legal. A continuación, se detallan estos aspectos de manera alternativa:

Deberes de las víctimas

  1. Comparecer cuando sea requerido: La víctima tiene el deber de presentarse ante la comisaría o el juzgado en las ocasiones en que sea convocada para prestar declaración. En caso de negarse sin justificación válida, puede ser compelida a comparecer por la fuerza pública si su presencia es esencial para el procedimiento.
  2. Permanecer localizable: Es importante que la víctima esté disponible y localizable en todo momento para poder responder a citaciones urgentes relacionadas con el caso.

Derechos de las víctimas

  1. Ser parte del procedimiento: La víctima tiene el derecho de ser considerada parte en el procedimiento legal y tiene la facultad de designar a un abogado y procurador para representar sus intereses.
  2. Ser informada de sus derechos por escrito: La víctima debe recibir información por escrito sobre sus derechos en el proceso legal.
  3. Asistencia legal gratuita: Si cumple con los requisitos económicos establecidos, la víctima tiene el derecho a contar con un abogado de oficio y asistencia jurídica gratuita para asegurar su adecuada representación legal.
  4. Acceso a la información: La víctima tiene el derecho de estar informada sobre el desarrollo del procedimiento legal y puede solicitar la realización de diligencias que consideren necesarias para su situación.
  5. Reclamar indemnización: Uno de los derechos más importantes de la víctima es la posibilidad de buscar una indemnización por los daños sufridos como resultado del delito.
  6. Asistencia a la víctima: La víctima tiene derecho a ser informada acerca de las medidas de asistencia y apoyo disponibles para ayudarla a superar las consecuencias del delito.

Estos derechos y deberes se establecen para garantizar un trato justo y adecuado a las víctimas en el proceso penal, reconociendo su importancia en la administración de justicia y buscando asegurar su protección y reparación en casos de delitos.

 

¿Por qué elegirnos?

Defensa y estrategia

Sabemos que en los juicios rápidos, cada minuto cuenta. Nuestro equipo se enorgullece de su capacidad para desarrollar estrategias defensivas sólidas en un plazo limitado. Analizamos minuciosamente la evidencia, identificamos posibles debilidades en el caso de la acusación y trabajamos incansablemente para presentar una defensa agresiva que proteja tus derechos y libertad.

Enfocados en tus intereses

Entendemos que enfrentar un juicio rápido puede ser abrumador y estresante. Nuestra prioridad es aliviar esa carga al brindarte orientación legal clara y un apoyo comprometido. Nos comunicamos de manera transparente contigo, explicándote cada paso del proceso legal y tus opciones. Tu satisfacción y bienestar son fundamentales para nosotros.

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Nuestra historia de éxitos en casos de juicios rápidos habla por sí misma. Hemos logrado resultados favorables para numerosos clientes, gracias a nuestra capacidad para actuar con rapidez y eficacia, sin comprometer la calidad de la defensa. Nuestro objetivo es proteger tus derechos y alcanzar el mejor resultado posible, incluso en las circunstancias más desafiantes.

Experiencia en casos penales complejos

Nuestro equipo de abogados penalistas en Madrid cuenta con una amplia experiencia en casos penales complejos. Desde juicios rápidos hasta asuntos relacionados con alcoholemias, conducción sin carnet y falsedad documental de carnet de conducir, comprendemos los matices legales y las estrategias necesarias para proteger tus derechos y obtener resultados favorables.

Especialización en juicios rápidos y alcoholemias

Destacamos en la representación legal en juicios rápidos y casos de alcoholemias. Entendemos la urgencia y la complejidad de estos casos, y nuestra experiencia nos permite actuar con agilidad y eficacia en tu defensa. Ya sea que enfrentes cargos por conducir bajo la influencia del alcohol o necesites asistencia en juicios rápidos, estamos preparados para enfrentar el reto.

 

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Juicio rápido ¿Qué es y cómo actuar?

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