¿En qué consiste la prueba en el proceso laboral?

¿En qué consiste la prueba en el proceso laboral?

¿En qué consiste la prueba en el proceso laboral?

¿En qué consiste la prueba en el proceso laboral?

La prueba en el proceso laboral

El procedimiento laboral se desenvuelve en un cierto escenario de desigualdad entre el trabajador y el empleador. Esta desigualdad se basa fundamentalmente en que el trabajador, en muchas ocasiones, no cuenta con la información suficiente o la documentación necesaria para lograr acreditar aquello cuanto reclama, por ejemplo, en los casos de impugnación de despido, reclamación de cantidad por horas extraordinarias, reclamación de consolidación de derechos laborales etc. o ante cualquier otra incidencia derivada de la relación contractual.

Esta desigualdad se produce por una razón bien sencilla; porque el trabajador no dispone de la documentación interna de la empresa. Por ejemplo, en el ámbito de la reclamación de cantidad por horas extraordinarias es el empleador el que dispone el registro horario y la información necesaria de la disponibilidad horaria y disfrute de las vacaciones.

Ahora bien, advertir, que los especiales mecanismos por los que el trabajador puede hacer respetar el cumplimiento de las normas laborales son la Inspección Laboral y el Proceso Laboral. En este sentido, son procedimientos garantes de las normas del Derecho del Trabajo y por tanto del pleno respeto de los derechos del trabajador. Por ello, en este caso, el procedimiento seguido ante los juzgados de lo social queda regulado de una forma que pretende dar compensación a la desigualdad antes mencionada.

Estos procedimientos no se conforman con la simple alegación genérica e injustificada sino que precisan de una cierta labor probatoria por parte del trabajador, aunque fuera mediante indicios, ya que existen medios habilitados en estos procedimientos para obtener la prueba necesaria mediante el requerimiento al empleador, vía Juzgado, de la aportación documental necesaria para dar apoyo a las pretensiones del trabajador.

 

Conclusión

Por tanto, si se puede concluir que existe carga de prueba a ambas partes, según el caso, no bastando la mera afirmación sobre hechos que han dado lugar al conflicto sino que, por el contrario, las partes involucradas se encuentran en la necesidad de generar certeza en la persona encargada de resolver respecto a que sus afirmaciones constituyen la versión más confiable de lo que realmente ocurrió.

El instrumento por tanto que han de valerse empleador y trabajador es la prueba ya sea mediante la aportación directa de la misma o ya sea mediante la petición judicial o la autoridad laboral competente para que inste la aportación de quien la tenga en su poder.

Podemos decir que existe un derecho constitucional a probar, aunque no autónomo, que se encuentra orientado por los fines propios de la observancia o tutela del derecho al debido proceso. Constituye un derecho básico de los justiciables de producir la prueba relacionada con los hechos que configuran su pretensión o su defensa. Según este derecho, las partes o un tercero legitimado en un proceso o procedimiento, tienen el derecho a producir la prueba necesaria con la finalidad de acreditar los hechos que configuran su pretensión o defensa.

 

¿En qué consiste la prueba en el proceso laboral?

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