¿Cómo puede afectar a un extranjero la condena por violencia de género?

¿Cómo puede afectar a un extranjero la condena por violencia de género?

El Tribunal Supremo, en una sentencia reciente, ha avalado la posibilidad de que un condenado por violencia de género sea expulsado del país. Dicha orden de expulsión, con la consiguiente prohibición de entrada en España por periodo de cinco años, se basa principalmente en las sentencias condenatorias por delitos de violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato familiar que constan contra el recurrente y ello en aplicación del artículo 15 del Real Decreto 240/2007 y de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, considerando que el recurrente constituye una amenaza real, actual y suficientemente grave para el orden y la seguridad pública.

 

Resuelve el Tribunal como «motivos imperiosos de seguridad pública» para poder adoptar una decisión de expulsión respecto de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que ha residido en España durante los diez años anteriores», a la vista de la regulación contenida en la normativa específica. …“la expulsión no supone ningún sacrificio ilegítimo ni desproporcionado al principio de protección a la familia, toda vez que se trata de delitos cometidos en el ámbito familiar”.

 

Recuerda además la Sala que, en interpretación de las diferentes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea resulta que los Estados miembros están facultados para considerar que infracciones penales como las recogidas en el artículo 83.1. 2º párrafo del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, constituyen un menoscabo especialmente grave para el interés fundamental de la sociedad que cabe incluir en el concepto “motivos imperiosos de salud pública”

 


 

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